Registra el valor amortizado por el ente económico, en el tiempo y forma señalados en las normas que regulan la materia, hasta que cubra el 100% del cálculo actuarial.
Dinámica
Débitos
Por el valor de las pensiones de jubilación por amortizar;
Por la diferencia entre el valor del cálculo registrado y el monto que arroje el nuevo estudio actuarial efectuado, y
Por el valor proporcional del valor amortizado del cálculo actuarial, que le corresponda al trabajador que por el traslado de la obligación pensional, se le expidan bonos o títulos pensionales, con abono a las subcuentas 292010 ó 292510, según corresponda.
Créditos
Por el valor del cálculo actuarial;
Por la diferencia entre el valor del cálculo registrado y el monto que arroje el nuevo estudio actuarial efectuado, y
Por la amortización de pensiones de jubilación por amortizar.